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lunes, 28 de diciembre de 2015

Caso del Ejido Tila, Chiapas. Sesión de la SCJN Abril 1 de 2013





¡TODO EL PODER AL PUEBLO!

martes, 9 de junio de 2015

Entrega de firmas a la SCJN Caso Edmundo y Gabriel.

Mitin informativo posterior a la entrega de firmas a la SCJN. Caso Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sànchez. Mayo 26 de 2015.



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jueves, 1 de diciembre de 2011

La SCJN ordena a la PGR entregar expediente del caso del Sr. Radilla Pacheco; resuelve amparo interpuesto en octubre de 2009

México D.F., 30 de noviembre de 2011

Las averiguaciones previas relacionadas con hechos que implican violaciones graves a los derechos humanos no son reservadas: SCJN

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor de Tita Radilla el amparo 168/201, con lo que ordena a la Procuraduría General de la República (PGR) la entrega del expediente del caso de la desaparición forzada del Sr. Rosendo Radilla Pacheco.

La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos AFADEM celebran la sentencia de la Primera Sala de la SCJN, la cual sienta un precedente histórico en materia de transparencia relacionada con la defensa de los derechos humanos, pues el Máximo Tribunal determinó que las averiguaciones previas relacionadas con hechos que implican violaciones graves a los derechos humanos no son reservadas, como ocurre con la desaparición forzada del señor Rosendo Radilla por parte de elementos del Ejército Mexicano en 1974 en el marco de la "guerra sucia", la cual se llevó a cabo en un contexto de desapariciones forzadas masivas ejecutadas por agentes del Estado mexicano, en términos de lo dicho por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del caso dictada el 23 de noviembre de 2009.

"El artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental debe ser interpretado en el sentido de que las averiguaciones previas sobre hechos que puedan constituir graves violaciones a derechos humanos, no se encuentran reservadas, razón por la cual son información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 constitucional", señala la SCJN.

Con este argumento, la Suprema Corte determinó que la PGR está obligada a entregar las copias certificadas de la averiguación previa del caso Rosendo Radilla Pacheco a la señora Tita Radilla Martínez, según lo señala la Constitución Federal, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Cabe destacar que la PGR siempre se había negado a entregar las copias de la averiguación previa no sólo a la señora Tita Radilla sino inclusive a la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La sentencia de la Suprema Corte es acorde con lo ordenado por la Corte Interamericana en la sentencia del caso, en el sentido de que el Estado mexicano está obligado a entregar las copias de la averiguación previa, así como por lo resuelto por el propio Tribunal Constitucional de nuestro país en la Consulta a Trámite del expediente Varios 912/2010, en la que el Pleno determinó la forma como el Poder Judicial de la Federación debía cumplir con la Sentencia del caso Radilla dictada por el Tribunal Interamericano.

El 4 de marzo de 2009, el Pleno del IFAI emitió una resolución en la que obliga a la PGR a entregar a la CMDPDH, copias de la versión pública de dicha averiguación previa, por considerarla vinculada a la investigación de violaciones graves de derechos fundamentales y delitos de lesa humanidad. En dicha resolución, el IFAI obligó a la PGR a cumplir la solicitud en un plazo de 10 días. A casi seis meses de su emisión, la PGR no ha acatado con lo establecido por el IFAI.

La CMDPDH, con la ayuda de Luis Miguel Cano y Graciela Rodríguez, especialistas en litigio en defensa de derechos humanos, promovieron un juicio de amparo en contra de la negativa de la PGR a entregar las copias de la averiguación previa SIEDF/CGI/454/2007, relativa a la desaparición forzada del Sr. Rosendo Radilla Pacheco y otras 121 desapariciones cometidas por integrantes del ejército mexicano dentro del período de julio a octubre de 1974 en el marco de la "guerra sucia", en el municipio de Atoyac de Álvarez, Guerrero, y en contra del supuesto juicio de nulidad interpuesto por la PGR para retrasar el cumplimiento de la resolución del IFAI que le ordena hacer pública esa información.


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Valentina Rosendo e Inés Fernández solicitan a la SCJN que inicie expediente para revisar el cumplimiento de sus sentencias



Difusión Cencos México D.F., 29 de noviembre de 2011

El 28 de noviembre de 2011, ambas mujeres Me’phaa presentaron su solicitud, dirigida al Ministro Presidente Juan Silva Meza.

Las señoras Rosendo Cantú y Fernández Ortega piden al Máximo Tribunal que siga el mismo procedimiento adoptado para el caso Radilla.

El análisis de ambos casos permitirá a la SCJN reiterar los estándares que deben guiar las investigaciones concernientes a la violencia de género.


El 28 de noviembre de 2011, fue entregada en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una solicitud firmada por las señoras Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, dirigida al Ministro Presidente Juan Silva Meza, mediante la cual ambas piden al Máximo Tribunal que ordene la creación de un expediente “Varios” para efecto de que el Pleno de ese órgano analice qué obligaciones surgen para el Poder Judicial de la Federación de las sentencias que dictó la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor de las dos mujeres indígenas guerrerenses.

Cabe recordar que el 1 de octubre de 2010, la Corte Interamericana notificó al Estado mexicano dos sentencias condenatorias por las violaciones a derechos humanos cometidas en perjuicio de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, encontrando plenamente probado que ambas fueron violadas sexualmente y torturadas por soldados mexicanos en hechos diversos ocurridos durante 2002. A más de un año de que fueran dictados los fallos, ambos permanecen incumplidos en la mayoría de los resolutivos sin que los trabajos coordinados por la Secretaría de Gobernación hayan producido resultados concretos.

Al dirigirse a la SCJN, Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú han pedido al Máximo Tribunal mexicano que lleve a cabo el mismo procedimiento que realizó frente al fallo “Rosendo Radilla”, mediante el cual la analizó, a través de una consulta interna realizada bajo la figura de un expediente “Varios”, las obligaciones impuestas al Poder Judicial de la Federación por la sentencia que en ese caso dictó la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En esa ocasión, como es del conocimiento público, una mayoría de Ministros y Ministras refrendaron que las sentencias de la Corte Interamericana son obligatorias para todo el Estado en su conjunto y, entre otras cosas, señalaron que de acuerdo con el nuevo artículo 1 constitucional las y los jueces mexicanos deben aplicar directamente las normas emanadas de la Convención Americana de Derechos Humanos.

En su solicitud, Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú destacan que la apertura de un expediente “Varios” relativo a sus casos, no sólo servirá a efectos de que sea reiterado ese importante criterio sino que también permitirá que la Suprema Corte de Justicia de la Nación estudie los parámetros que las sentencias del Tribunal Interamericano imponen respecto de la investigación y el juzgamiento de delitos vinculados con la violencia de género, particularmente en casos de agresiones sexuales. Tal análisis, destaca el escrito, resulta de primera importancia tanto para el avance de la plena garantía de los derechos de las mujeres en México, como para impulsar la propia búsqueda de justicia de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, pues las investigaciones iniciadas por sus denuncias permanecen hoy en día en la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra la Mujer y la Trata de Personas (FEVIMTRA) a cargo de Angélica Herrera Rivero, continúan sin presentar avances.

Las señoras Fernández Ortega y Rosendo Cantú han estado acompañadas de manera permanente por CEJIL, la Organización del Pueblo Indígena Mepha´a y el Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”. Adicionalmente, dada la trascendencia de la solicitud, ésta se encuentra acompañada por connotadas organizaciones nacionales e internacionales, Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos (REDTDT), el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (CENTRO PRODH), el Grupo de Información y Reproducción Elegida (GIRE), Asociadas por lo Justo (JASS), la Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos “Litiga OLE” y el Centro Regional de Derechos Humanos José María Morelos y Pavón.

Presentada la solicitud, es de esperarse que un Ministro o Ministra haga suya la solicitud o bien que el propio Ministro Presidente ordene directamente la apertura del expediente “Varios”, para efecto de que en breve el Máximo Tribunal mexicano analice las obligaciones que debe cumplir frente a las sentencias que la Corte Interamericana dictó en los casos Fernández Ortega y Rosendo Cantú contra el Estado mexicano.

Tlapa de Comonfort, Guerrero.- 28 de noviembre de 2011


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jueves, 6 de agosto de 2009

Manifestación de HIJOS en la SCJN exigiendo la presentación con vida de Desaparecidos Políticos

Mensualmente HIJOS se manifiesta frente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación exigiendo la presentación de los desaparecidos políticos, crimen de Estado desde hace cuarenta años.

El sábado 1 de agosto en memoria de los desaparecidos durante los meses de agosto; entre ellos, Rosendo Radilla.

Manifestación


Breve conferencia de prensa de HIJOS



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jueves, 12 de febrero de 2009

“En México no hay justicia”: Integrante del FPDT al término del tercer día de sesiones en la SCJN

Al término del tercer día de sesiones en la SCJN referentes al dictamen sobre violaciones a los derechos humanos en Atenco los días 4 y 5 de mayo de 2006, algunos de los integrantes del FPDT integrantes de la comisión que entró a la sesión de ese día, manifiestan su opinión respecto a la misma.

Por otro lado, Trinidad Ramírez nos da un rápido comentario acerca de ese día, la abogada que maneja el caso de Héctor Galindo nos informa al respecto y el abogado Damián del FPDT nos hace un comentario en relación a este tercer día de sesiones.

Comisión


Solidaridad con el FPDT


Trinidad


Abogada de Héctor Galindo


Damián, abogado del FPDT



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“Graves abusos” se cometieron en Atenco, acepta la mayoría de ministros en la Corte

No está probado que policías hayan segado dos vidas; fantasía digna de Costa Gavras: Aguirre

Jesús Aranda (La Jornada)

En San Salvador Atenco, estado de México, se cometieron violaciones graves a las garantías individuales en el uso excesivo de la fuerza pública, establecieron los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con la única opinión en contra de Sergio Aguirre Anguiano. Sin embargo, para la mayoría del pleno, el Estado no es el responsable de los hechos ocurridos en 2006.

Al concluir ayer por la tarde una parte del debate sobre la investigación de la Corte en torno al caso Atenco, cada ministro se pronunció sobre el proyecto que elaboró José de Jesús Gudiño Pelayo sobre si fue justificado el uso de la fuerza pública los días 3 y 4 de mayo, y si ésta derivó en el abuso de las garantías individuales.

En dos sesiones –una matutina y otra vespertina–, sólo Genaro David Góngora Pimentel inculpó directamente al Estado al señalar que lo ocurrido fue “un acto de venganza” en que intervinieron “mandos superiores” que aplicaron “técnicas de control de masas utilizadas en las guerras sucias”, como las instauradas en los años 70 en “Sudáfrica, Argentina, Uruguay, Chile, Vietnam, Guatemala y en México mismo”.

El resto de sus compañeros señaló que sí hubo violaciones a los derechos humanos y que la muerte de dos jóvenes, las lesiones y las afrentas sexuales contra 31 detenidas, son ciertas. Pero cada uno precisó su opinión.

El ministro presidente Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Juan N. Silva Meza respaldaron en sus términos el proyecto de Gudiño Pelayo, donde se señala de manera general la responsabilidad de autoridades estatales y federales en las violaciones a las garantías individuales, pero sin que responsabilizara a algún funcionario en particular.

Silva Meza añadió que el uso excesivo de la fuerza pública debe considerarse un delito y perseguirse como tal, y asentó que el Estado mexicano tiene la obligación moral de hacer valer que los funcionarios protejan el derecho a la vida, la libertad y la seguridad.

Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío, Sergio Valls, Margarita Luna Ramos, Mariano Azuela y Fernando Franco coincidieron, en términos generales, en que no se podía atribuir a altos funcionarios la responsabilidad de los abusos policiacos, que en todo caso, la Corte debe continuar el análisis para señalar a los funcionarios directamente responsables de los abusos y omisiones ocurridos. Es decir, se estaría hablando del personal operativo y de mandos bajos o medios.

Góngora apuntó la “brutalidad excesiva” de los policías federales, estatales y municipales, así como la falta de seguimiento de las autoridades competentes para sancionar las violaciones de los derechos humanos.

Añadió que tanto en las agresiones sexuales a las detenidas como en el resto de las vejaciones hubo un patrón de conducta para no dejar evidencia incriminatoria.

En referencia a la presunta responsabilidad de funcionarios de primer nivel, como serían el gobernador Enrique Peña Nieto, el entonces secretario de Seguridad Pública federal, Eduardo Medina Mora, y de Miguel Ángel Yunes, entonces secretario del Consejo Nacional de Seguridad Pública, Góngora señaló:

“No es difícil concluir, que los superiores no son responsables sólo por omisiones, sino que se trata más bien de una acción pensada; me atrevería a decir que estamos ante autores intelectuales”, ya que las acciones siguieron un modus operandi en las golpizas, violencia en las detenciones, las agresiones sexuales, etcétera.

Infructuosamente trató de agregar al catálogo de derechos violados previstos en el dictamen –derecho a la libertad, a la libertad sexual, al debido proceso, a la justicia– el derecho a la vida y a la inviolabilidad del domicilio.

El derecho a la vida, explicó, en razón de que la muerte de Alexis Benumea Hernández, por el uso ilegítimo de armas lanza gases lacrimógenos, y de Javier Cortés Santiago.

“No vamos a revivir a Javier, ni a Alexis; tampoco vamos a regresar la dignidad a las mujeres abusadas ni a sanar los golpes físicos, morales, infligidos a la población, lo que sí podemos es mandar un mensaje de que ello no debió haber ocurrido ni puede volver a ocurrir”, apuntó.

Mientras, Aguirre Anguiano se mantuvo en que en Atenco no hubo violación grave a las garantías individuales.

De entrada, celebró que “individuos” del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT) hubieran sido puestos a disposición de las autoridades. Con sorna, añadió que “a lo mejor la afectación fue enormemente positiva” para los atenquenses.

Ante media docena de representantes del FPDT que asistieron a la sesión, Aguirre rechazó que se hubiera violado el derecho a la vida en la muerte de Alexis Benumea y Javier Cortés, como planteó Góngora. “Se segaron dos vidas, pero, ¿que se violó el derecho a la vida por parte de los policías?, eso no está probado…, fantasía pura digna de Costa Gavras.”

Tampoco aceptó que se hubiera violado el derecho a la libertad sexual, al afirmar que no existen dictámenes médicos que prueben las denuncias de las detenidas. En cuanto al exceso de fuerza pública, dijo convencido que las lesiones que presentaban los detenidos podrían ser producto de los enfrentamientos con policías, más que por tortura.

Este miércoles continúa la sesión en la que se oficializarán las opiniones de ministros vertidas ayer, y se iniciará la discusión sobre el posible fincamiento de responsabilidades “morales”.


¡TODO EL PODER AL PUEBLO!

Responsabiliza Góngora a Peña Nieto y Medina Mora por abusos en Atenco.

No supervisaron a sus subordinados, omitieron dar seguimiento a los hechos e investigar denuncias, dijo. Los ministros Valls, Azuela y Aguirre se pronunciaron en contra del señalamiento.

Jesús Aranda y La Jornada On Line

México, DF. El gobernador del estado de México, Enrique Peña Nieto y el entonces secretario de Seguridad Pública Eduardo Medina Mora (actual procurador general de la República) junto con mandos superiores de la Policía Federal Preventiva y de la Agencia de Seguridad Estatal, son responsables de la violación grave de garantías individuales en los hechos ocurridos en mayo de 2006 en San Salvador Atenco, aseguró este miércoles, el ministro Genaro Góngora Pimentel.

Al iniciar este miércoles la sesión en la que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinarán si procede señalar los nombres y cargos de quienes violaron los derechos humanos en esa población mexiquense los días 3 y 4 de mayo de 2006, Góngora Pimentel señaló que los mandos superiores que planearon, organizaron y ejecutaron el desalojo y detención de los manifestantes son responsables directos e indirectos por no haber supervisado el actuar de sus subordinados, no dar seguimiento a los hechos violatorios de garantías cometidos por los policías federales y estatales en los operativos y por su omisión en investigar de manera diligente las denuncias presentadas por las víctimas por actos de tortura, violencia desmedida y agresiones sexuales, en el caso de 31 mujeres.

Góngora se pronunció así en contra del proyecto de dictamen elaborado por el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo quien se refiere de manera genérica a los funcionarios involucrados en los operativos, pero que no finca responsabilidad alguna.

Después de él, los ministros Sergio Valls, Mariano Azuela y Margarita Luna Ramos señalaron que no procede que la Corte responsabilice a funcionarios involucrados. Esta última precisó que en principio de cuentas no hay indicio ni testimonio en el que quede manifiesto que fueron las autoridades superiores quienes ordenaron abusar de la fuerza pública.

Asimismo, dejo en claro que en el particular no se está -hasta este momento- en posibilidad de establecer responsabilidades de ningún tipo, ya que no están en un procedimiento de carácter jurisdiccional. Solamente sería posible que hubiera alguna recomendación para que la SCJN continuara el caso por la vía penal.

En tanto José Ramón Cossío dijo que sí debía debía señalarse a quienes estaban a cargo directo de los operativos. En su turno, Fernado Franco González manifestó que dejar en la impunidad a quienes cometieron violaciones graves a las garantías individuales es tan grave como fincar responsabilidades "de manera universal e indiscriminada" a personas inocentes.

Para el caso de Atento, el ministro consideró pertinente valorar los hechos tomando en cuenta el contexto en el que se suscitaron y en su caso imputar responsablemente de los mismos. En este sentido mencionó que dada la estructura de las corporaciones con diferentes competencias habría que identificar cuáles son las funciones de cada autoridad que participó en el ataque para así identificar si hay o no responsabilidad.

Tras la apertura de la sesión por parte de Genáro Góngora Pimentel, el ministro Sergio Valls dijo que no se puede imputar a quienes dieron las órdenes desde el más alto mando, porque las responsabilidades se van delegando en una cadena, por lo que, dijo, las violaciones no se derivaron de una estrategia estatal ni de las órdenes de los altos mandos de gobierno, sino de la conducta inadecuada de algunos elementos en el terreno.

Por su parte, Sergio Aguirre Anguiano, quien la víspera negó que haya habido violaciones graves en los hechos ocurridos en 2006, dijo este miércoles que los ministros no son francotiradores de funcionarios y burócratas y se le hace imcomprensible y hasta un exceso darle una responsabilidad directa a algunos mandos.

Mañana jueves, el pleno de la Suprema Corte continuará el análisis del caso. Antes de concluir la sesión vespertina, el ministro presidente Guillermo Ortiz Mayagoitia destacó que la discusión estará centrada, luego de determinarse que sí hubo violaciones graves a las garantías individuales durante esos operativos, en determinar qué autoridades o agentes de la autoridad produjeron tales hechos y quiénes, pudiendo evitarlo por razones de competencia, de ejercicio de mando y de presencia en el momento y lugar adecuados, pudieron evitarlos y no lo hicieron.



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martes, 10 de febrero de 2009

Entrevistas a integrantes del FPDT al término de la sesión de la SCJN

Al término de la sesión vespertina de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que se analizaba la violación a los Derechos Humanos en San Salvador Atenco los días 3 y 4 de mayo de 2006 se realizó un breve mitin afuera del edificio sede de esta Institución, he aquí la parte final de este.

Así mismo, Trinidad y Damián, integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra, y el segundo, además, miembro del equipo jurídico de la misma organización nos concedieron interesantes entrevistas.

Mitin


Entrevista Trinidad


Entrevista Damián



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Secciona Corte su discusión de violaciones en Atenco.

Determinó concluida la indagatoria y analizará el dictamen en partes para fijar qué ocurrió cada uno de los dos días, como la responsabilidad separada de las policías local y federal.

Jesús Aranda y La Jornada On Line

México, DF. Por votación económica, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró suficiente la investigación para acreditar los hechos cometidos durante los sucesos ocurridos en San Salvador Atenco el 3 y 4 de mayo de 2006, no así los criterios sobre cómo habrá de determinarse si hubo violaciones graves a las garantías individuales en el caso se mantuvieron divididos y el pleno continuará su discusión y análisis mañana martes.

A piedra y lodo, este lunes los ministros iniciaron así la discusión sobre el caso. En la sesión matutina el ministro Genaro David Góngora Pimentel manifestó que en el referido caso hubo una indebida investigación de los hechos. Se sospecha, dijo, que hubo tratos inhumanos, allanamiento de morada, incomunicación; asimismo hay indicios de violación sexual y retención ilegal.

Góngora Pimentel señaló con respecto al proyecto del ministro ponente que si bien hay referencias a los terribles acontecimientos de aquel año, faltan por documentarse más toda vez que, hubo autoridades que negaron los hechos a pesar de las evidencias.

A este respecto, agregó el ministro "debemos poner límites y decir que en México existe Estado de derecho, que existen leyes racionales y no la ley de la selva. En méxico ya no se toleran estas situaciónes, son otros tiempos. Los derechos humanos no son algo que se puedan menospreciar".

Previamente, en el salón de plenos colmado de secretarios y funcionarios del máximo tribunal y con acceso restringido a los medios de comunicación, los ministros escucharon el informe del ministro instructor José de Jesús Gudiño Pelayo sobre los acontecimientos.

La discusión continuó en la sesión vespertina en la que varios de los ministros expusieron la importancia de determinar en qué momento se desfasó la aplicación de un operativo de seguridad pública que concluyó con las agresiones no sólo a derechos humanos, sino a los ataques mortales.

Asimismo, consideraron pertinente establecer la responsabilidad específica de cada cuerpos policiaco en las dos fechas en las que se sucedieron los acontecimientos, es decir, en qué momento fue la autoridad federal o la municipal la que incurrió en tales abusos.

En su turno, el ministro José Ramón Cossío Díaz expuso que si bien se habla de una violación a los derechos fundamentales es importante precisar a través de qué actos y de cuáles autoridades se dieron. Y es que, abundó, la gravedad de las agresiones pueden definirse a partir del ejercicio de atribuciones que le corresponde al Estado, es decir, cuando la autoridad desvirtúa los fines de su acción.

Por ello, para el ministro Cossío sí hubo violaciones impartentes de las autoridades involucradas tanto el 3 y 4 de mayo de 2006, e incluso días subsecuentes a los mismos.

Dada la diversidad de criterios sobre cómo habrán de determinar si hubo o no violaciones en este caso, el ministro presidente Guillermo Ortiz Mayagoitia determinó dar por concluida la sesión y citó para mañana martes con la intención de que cada uno de los once ministros presente a manera de "ejercicio previo" un posicionamiento "personal" en torno al proyecto.

Esta postura que no será ninguna precisión de responsabilidades, dijo, habrá de estar enfocada en lo relativo en lo que pasó tanto el 3 como el 4 de mayo, si hubo abusos policiales, agresiones sexuales y qué motivó los sucesos. Asimismo cuáles son los principos que rigen el uso la fuerza pública.

En tanto, agregó, el tema de responsabilidad ameritará una discusión específica.

Afuera, por la mañana un grupo de manifestantes, algunos de ellos con machete en mano, exigieron que la Corte cumpla con su obligación de no ocultar el “crimen de Estado” que ocurrió en San Salvador Atenco y así como el castigo de los responsables de las violaciones a los derechos humanos de los habitantes de esa comunidad.



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jueves, 5 de febrero de 2009

En el caso Atenco la Corte debe precisar que hubo tortura y violación sexual: ONG.

Reconocen que dictamen de ministro ponente es un avance, pero falta señalar responsables

Víctor Ballinas (La Jornada)

El Colectivo contra la Tortura y la Impunidad en México, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y la Red Todos los Derechos para Todos consideraron que el dictamen del ministro José de Jesús Gudiño “es un avance para hacer justicia en el caso Atenco”, pero es necesario que en el debate de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quede claro y preciso que hubo “tortura y violaciones sexuales de mujeres”.

Édgar Cortez, secretario ejecutivo de la Red Todos los Derechos para Todos, señaló que el reconocimiento de que hubo violaciones graves a los derechos humanos debe ser motivo suficiente para que el gobernador del estado de México, Enrique Peña Nieto, y el titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Eduardo Medina Mora, lleven a cabo las investigaciones que hasta hoy, después de dos años de ocurridos los hechos, se han negado a realizar.

Por el Colectivo contra la Tortura y la Impunidad en México, Javier Enríquez destacó que es necesario que en el dictamen que se discuta sobre las graves violaciones a los derechos humanos registradas en Atenco se precise y quede estipulado que “hubo tortura, incluso sexual y sicológica, y tratos crueles, inhumanos y degradantes, y no sólo abuso de autoridad”.

Por el Centro Pro, su director, Luis Arriaga, resaltó que aunque el dictamen del ministro Gudiño Pelayo habla de “abusos, tratos crueles e inhumanos, uso excesivo de la fuerza, violaciones y tortura, se requiere que en el debate y en el dictamen final se establezca que como violación grave ocurrió tortura contra las mujeres y violaciones sexuales”.

El Centro Pro resaltó en un documento publicado ayer que “con los datos que fueron entregados a la Corte en 2008, se puede establecer con precisión qué integrantes y mandos policiales torturaron física y moralmente a las personas detenidas, incumpliendo con los principios que deben regir el uso de la fuerza pública.

“Producto de tales abusos, en los hechos hubo violaciones graves de garantías, y entre los funcionarios públicos que ejecutaron funciones operativas y de mando, y que están relacionados con los hechos, en los documentos que se entregaron a la Corte se señala a Eduardo Medina Mora, actual titular de la PGR; Miguel Ángel Yunes, actual director del ISSSTE; el gobernador del estado de México, Enrique Peña Nieto; Wilfrido Robledo, y funcionarios del Instituto Nacional de Migración, del gobierno municipal de Texcoco y elementos de corporaciones policiacas de los tres niveles de gobierno”.

Javier Enríquez, del Colectivo contra la Tortura, organización que junto con el Centro Pro lleva la defensa de 11 de las 26 mujeres violadas, y cuyos casos los ha llevado a la jurisdicción internacional, destaca que “en ese dictamen que se discutirá es necesario que se precise la responsabilidad del ex presidente Vicente Fox, y para que haya justicia, que es la demanda central de las mujeres violadas y todos los afectados en Atenco, se requiere subrayar como elemento fundamental que hubo tortura”.

Coinciden las organizaciones no gubernamentales en que el dictamen es un buen inicio, un punto de partida, pero insisten también en que es necesario que se complemente y que en el debate se detalle no sólo los abusos y violaciones graves, sino que se establezcan las responsabilidades o los probables responsables, para que las instituciones de procuración y administración de justicia puedan investigar, lo que hasta ahora no han hecho.



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Informe a la SCJN asegura que no cuentan con facultad para definir responsabilidades

Remarca que hacen falta protocolos para el uso de la fuerza pública

Jesús Aranda (La Jornada)

La carencia de un marco normativo (leyes, reglamentos y protocolos) “produce consecuencias negativas en la seguridad pública”, porque entorpece el avance hacia una cultura policial a la altura de una democracia y propicia “un estado de vulnerabilidad de los derechos de las personas que son objeto de acciones de policía y fuerza”, sostiene el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo en su informe sobre Atenco.

En el documento acredita la violación grave de garantías individuales ocurrida en San Salvador Atenco los días 3 y 4 de mayo de 2006, y añade que para considerar que una intervención de fuerza policiaca sea justificable, “debe estar precedida por acciones o medidas específicas que hayan resultado inexitosas, inútiles y/o ineficaces para el logro de sus fines”.

La fuerza es necesaria, subraya, cuando las alternativas que la excluyen no dieron resultados.

En el documento, Gudiño menciona también que el 3 de mayo por la noche se reunieron el gobernador del estado de México, Enrique Peña Nieto, y sus principales colaboradores, así como el entonces secretario de Seguridad Pública federal, Eduardo Medina Mora, y Miguel Ángel Yunes, quien encabezaba el Consejo Nacional de Seguridad Pública, para delinear el operativo en Atenco.

Al respecto, precisa que la Corte no está facultada para establecer la responsabilidad personal de funcionarios involucrados en la violación de garantías, aunque sí plantea que la resolución que adopte el máximo tribunal sea enviada a los ejecutivos federal y mexiquense, así como a los congresos de la Unión y del estado de México para que tomen nota en cuanto a la necesidad de reglamentar el uso de la fuerza pública.

En otra parte del informe, Gudiño cuestiona al gobierno de Peña Nieto y a Medina Mora por no haber investigado ni sancionado a los responsables de violar los derechos de los manifestantes, que fueron golpeados, vejados y, en algunos casos, agredidos sexualmente.

El uso excesivo y desproporcionado de la fuerza en Atenco justifica “aún más” la aplicación de protocolos de actuación en los que se establezca que los actos de autoridad están acotados por el marco legal, “máxime que se trata de actos que en muchos de los casos, por sí mismos, restringen, así sea que la restricción sea legítima, libertades humanas”, apunta el documento.

La autoridad, se agrega en el texto, debe prevenir situaciones violentas o restrictivas de derechos que, a su vez, generan más actos violentos.

El dictamen subraya que el uso de la fuerza exige diferenciar distintos momentos para su uso:

El uso de la fuerza no puede ser igual para ejecutar una detención contra manifestaciones sociales pacíficas, contra manifestaciones políticas violentas o contra el crimen organizado. Se trata de diferencias sustanciales que impiden un tratamiento normativo y valorativo homogéneo, subraya.

Los actos de fuerza deben graduarse en función de los hechos, tal como lo han establecido diversos ordenamientos jurídicos internacionales en la materia, que son “válidamente orientadores” acerca de cómo en nuestro régimen jurídico puede, y debe, ejercerse la fuerza pública.



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